Ejércitos privados corporativos en Afganistán. La regulación de las Empresas Militares y de Seguridad Privadas en un ‘territorio de operación’

Esta investigación, elaborada en cooperación con la Coalición Internacional Control PMSC, presenta un análisis basado en un estudio de caso sobre el uso y actividades de las EMSPs en situaciones de conflicto y, en particular, se centra en cómo Estados territoriales donde estas empresas operan, como Afganistán, responden al desafío de la regulación y control de estos actores armados. Estas empresas son actores importantes que perpetúan un modelo de sociedad militarizada, que puede tener efectos potencialmente desestabilizadores en el escenario de transición del país.

Siendo el máximo exponente de la guerra global contra el terrorismo, el conflicto de Afganistán (2001 -presente ) es, junto con Irak, uno de los primeros ejemplos de la privatización de la guerra contemporánea. El uso de contratistas privados en el marco de conflictos armados no es una política nueva, pero en Irak y Afganistán ha adquirido nuevas dimensiones contemporáneas: no sólo ha aumentado drásticamente en número y forma, ahora corporativa, sino también el tipo de servicios que realizan. Del 2001 al 2007, el número estimado de las EMSPs presentes en Afganistán variaba entre 60 y 140 empresas, con alrededor de 18.000 a 28.000 efectivos. Además, estas empresas han realizado todo tipo de servicios militares y de seguridad. Desde el transporte y protección de convoyes militares, la formación y entrenamiento de fuerzas armadas locales, y la protección de embajadas y proyectos de reconstrucción, hasta la desactivación de minas y la erradicación de cultivos de opio, el apoyo operacional directo (incluido el manejo de drones),  y tareas de inteligencia como el interrogatorio de prisioneros.

En esta línea, el estudio destaca la necesidad de una reglamentación internacional de las EMSP que sirva para la regulación en el momento de su llegada a los países en guerra. Desde una perspectiva de derechos humanos, esto podría significar que los estados territoriales tengan un compromiso real con el cumplimiento de sus obligaciones de proteger los derechos humanos y de garantizar el respeto del derecho humanitario bajo su jurisdicción.

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